Se trata de un listado de países del bloque, mas Chile, así como de los EE.UU, a efectos que los uruguayos o extranjeros que viajen a esas tierras, sepan de primera mano las condiciones que ponen esos países a raíz del COVID 19.
No podrán ingresar a Brasil aquellos extranjeros que hayan estado en República de Sudáfrica, República de Botswana, Reino de Essuatini, Reino de Lesotho, República de Namibia o República de Zimbabwe en los últimos 14 días.
Por su parte, aquellos ciudadanos brasileños y extranjeros que tengan residencia en Brasil y otros casos del Art.3º, II, 5º de la Portaria 660/21 pueden ingresar al país, pero deben cumplir cuarentena de 14 días al llegar al país.
Cada estado o municipio brasileño determina las reglas para desplazamiento interno y aislamiento social en su territorio. Por lo tanto, recomendamos consultar directamente al gobierno del estado o municipio que desea visitar mientras planifique su viaje a Brasil.
Ingreso por vía aérea : Los extranjeros pueden ingresar por via aérea siempre que cumplan las exigencias de visa adecuada a su situación migratoria (en caso de turismo o negocios, si necesitan o no visa de visita) y presenten el documento de viaje adecuado (pasaporte o Cédula de Identidad).
El viajero de origen internacional, brasileño o extranjero, deberá presentar a la aerolínea responsable del vuelo, antes de embarcar:
Uno de los dos tests: Test RT-PCR o Test de Antígeno
El test RT-PCR para la detección de SARS-CoV-2 (coronavirus), con resultado negativo / no reactivo, deberá ser realizado a más tardar 72 horas antes del momento del embarque y deberá estar en idioma portugués, inglés o español y realizado en laboratorio reconocido por las autoridades del país de embarque;
Dicho test no es requerido para niños menores de 2 años.
Los niños de 2 años o más y menores de 12 años deberán presentar el resultado del test si viajan solos;
Los niños de 2 años o más y menores de 12 años que viajen acompañados, están exentos de presentar test, siempre que todos los acompañantes presenten la prueba con resultado negativo.
En el caso del test de antígeno para la detección de SARS-CoV-2 (coronavirus), con resultado negativo / no reactivo, deberá ser realizado dentro de las 24 horas anteriores al momento del embarque y deberá estar en idioma portugués, inglés o español y realizado en laboratorio reconocido por las autoridades del país de embarque;
Dicho test no es requerido para niños menores de 2 años.
Los niños de 2 años o más y menores de 12 años, deben presentar el resultado del test si viajan solos;
Los niños de 2 años o más y menores de 12 años que viajen acompañados, están exentos de presentar el test, siempre que todos los acompañantes presenten la prueba con resultado negativo.
Declaración de Salud del Viajero (DSV) completada en forma impresa o digital, con la aceptación de las medidas sanitarias que deben cumplirse durante el período en el país. Debe completarse dentro de las 24 horas anteriores al momento del embarque.
Prueba impresa o electrónica de vacunación con inmunizadores aprobados por la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (ANVISA) o por la Organización Mundial de la Salud (OMS) o por las autoridades del país donde fue inmunizado el viajero, cuya aplicación de la última dosis o dosis única, se haya producido al menos catorce días antes de la fecha de ingreso al país.
Esta exigencia no se aplica a los viajeros que se consideren no aptos para la vacunación, de acuerdo con los criterios establecidos por el Ministerio de Salud en el Plan Nacional de Operacionalización de la Vacunación contra COVID-19, disponible en el sitio web electrónico.
Están exentos de presentar la prueba de vacunación los viajantes:
Con una condición de salud que contraindique la vacunación, siempre que esté certificado por un informe médico. El certificado médico debe estar en portugués, inglés o español y contener la fecha de viaje, identificación y firma del médico responsable. No es necesario autenticarlo;
No elegibles para la vacunación por edad, de acuerdo con los criterios definidos por el Ministerio de Salud en el Plan Nacional para la Operacionalización de la Vacunación contra COVID-19 y publicado en el sitio web del Ministerio de Salud;
Que se encuadren en las excepciones por cuestiones humanitarias, en conformidad con el art. 18 de la Portaria 663/2021;
Provenientes de países con baja cobertura de vacunación publicado por el Ministerio de Salud y publicado en el sitio web del Ministerio; y
Brasileños y extranjeros residentes en territorio brasileño que no estén completamente vacunados.
Los viajantes exentos de prueba de vacunación, al ingresar a territorio brasileño, deben someterse a cuarentena durante catorce días en la ciudad de su destino final y en la dirección registrada en la Declaración de Salud del Viajero – DSV. Despúes de cinco dias de cuarentena, los viajantes asintomáticos pueden realizar test RT-PCR y finalizar la cuarentena, siempre que el resultado del test sea negativo.
Ingreso por vía terrestre
El viajero de origen internacional, al ingresar al país por carretera o cualquier otro medio terrestre, deberá presentar ante la autoridad migratoria o sanitaria, cuando se le solicite prueba impresa o electrónica de vacunación con vacuna aprobada por la ANVISA, OMS, o por las autoridades del país donde fue inmunizado el viajante, cuya aplicación de la última dosis, o dosis única, se haya producido al menos catorce días antes de la fecha de ingreso al país;
Están exentos de presentar comprobante de vacunación aquellos viajeros:
Con una condición de salud que contraindique la vacunación, siempre que esté certificado por un informe médico;
No elegibles para la vacunación por edad, de acuerdo con los criterios definidos por el Ministerio de Salud en el Plan Nacional para la Operacionalización de la Vacunación contra COVID-19 y publicado en el sitio web del Ministerio de Salud;
Provenientes de países con baja cobertura de vacunación publicado por el Ministerio de Salud y publicado en el sitio web del Ministerio;
En situación de vulnerabilidad resultante de un flujo migratorio provocado por una crisis humanitaria para llevar a cabo medidas de asistencia de emergencia en el territorio brasileño, de acuerdo con los medios disponibles, siempre que la situación de vulnerabilidad sea reconocida por un acto del Presidente de la República, en los términos del párrafo único del art. 3 de la Ley N° 13.684, de 21 de junio de 2018, y en cumplimiento de la legislación migratoria vigente;
En situación de vulnerabilidad para realizar acciones humanitarias transfronterizas previamente autorizadas por las autoridades sanitarias locales;
Residentes fronterizos en ciudades gemelas, siempre que presenten documento de residente fronterizo u otro documento que lo acredite, siempre que sea garantida la reciprocidad en el trato de los brasileños por parte del país vecino, excepto en los lugares fronterizos donde se lleven a cabo las medidas previstas y;
Trabajadores del transporte de carga, que incluyen conductor y asistente, siempre que sean adoptados los equipos de protección personal y las medidas para mitigar el contagio determinados por ANVISA.
Ingreso de personas con prueba de RT-PCR positiva por períodos prolongados
En el caso de personas que persisten con el reactivo positivo en la prueba de RT-PCR por períodos prolongados, es posible ingresar a Brasil mediante el pleno cumplimiento de los siguientes protocolos de la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa):
Presentación de dos resultados de RT-PCR detectables, con un intervalo de al menos 14 días, con el último test realizado dentro de las 72 horas anteriores al momento del embarque;
Presentación de una prueba de antígeno con resultado negativo o no reactivo, realizado después del último resultado detectable de RT-PCR;
Presentación de un certificado médico que acredite que la persona se encuentra asintomática y que puede viajar, incluida la fecha del viaje. El certificado debe ser emitido en portugués, español o inglés, y debe contener la identificación y firma del médico responsable.
ARGENTINA:
Estas son las medidas vigentes para el ingreso y el egreso al territorio argentino de argentinos, argentinas, residentes y extranjeros no residentes.
Los argentinos, argentinas y residentes que presenten el esquema de vacunación completo realizado 14 días antes del ingreso, PCR negativo con 72 horas previas al embarque, serán exceptuados de realizar el aislamiento.
Quienes no presenten esquema de vacunación completo, deberán hacer cuarentena y realizarse un PCR al séptimo día de ingreso, que de dar negativo daría por finalizado el aislamiento. Los y las menores de edad sin vacunación completa están eximidos/as de realizar el aislamiento y no deben realizarse el test PCR al séptimo día. A su vez, todos y todas las menores de 6 años también están exceptuado/as de presentar el PCR negativo de 72 horas previas al embarque.
Por su parte, las personas extranjeras no residentes que ingresen por motivos turísticos, deberán presentar esquema de vacunación completo, PCR negativo realizado con 72 horas previas al embarque y un seguro de salud de COVID-19 y quedan eximidos de realizar cuarentena.
En el siguiente link encontrarás todos los corredores seguros de ingreso y egreso del territorio argentino.
Previo a realizar el viaje, los operadores aéreos, fluviales o marítimos deberán verificar el cumplimiento de los requisitos de ingreso establecidos y la formulación de la declaración jurada. Se entiende por esquema de vacunación completo a lo definido por las autoridades sanitarias de cada país de vacunación.
Sanciones
Cuando se constate la existencia de infracción al cumplimiento del aislamiento o a otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el ámbito de la emergencia sanitaria, se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se formularán las pertinentes denuncias penales, en función de lo dispuesto por los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal que sancionan, respectivamente, con prisión de seis (6) meses a dos (2) años, a la violación de las medidas adoptadas para impedir la introducción o propagación de una epidemia y con prisión de quince (15) días a un (1) año, a la resistencia o desobediencia a las órdenes emanadas de los funcionarios públicos.
Tanto la persona infectada como sus contactos estrechos, deberán cumplir el aislamiento en los lugares dispuestos por las autoridades nacionales correspondientes y destinados a tal fin, hasta tanto se efectúe el traslado seguro hasta su localidad de residencia, si correspondiera.
Medidas sanitarias para quienes provengan o hayan estado en el continente africano en los últimos 14 días
Debido a la nueva variante de Covid-19, Ómicron, toda persona que provenga o haya estado en el continente africano en los últimos 14 días previos a su ingreso al país, deberá informarlo en la Declaración Jurada, presentar esquema de vacunación completo 14 días antes del ingreso, PCR negativo con 72 horas previas al inicio del viaje, test de antígeno al llegar al país, realizar el aislamiento preventivo y hacerse un PCR al décimo día de su toma de muestra de PCR en origen, cuyo resultado deberá ser negativo. Los extranjeros no residentes también deberán presentar seguro de salud de Covid-19.
Transporte internacional terrestre de pasajeros
El transporte internacional terrestre de pasajeros para ómnibus de larga distancia está habilitado desde y hacia Paraguay y Uruguay. En el caso de Paraguay, el ingreso terrestre al país se realizará a través de corredor seguro del Centro de Frontera Posadas – Encarnación. En cambio, el transporte terrestre con Uruguay se puede realizar por todos los corredores seguros que conecten ambos países.
En el caso de los menores, estén o no vacunados, pueden ingresar igual sin realizar aislamiento obligatorio.
Los argentinos, argentinas y residentes deberán completar la Declaración Jurada Electrónica, tener el esquema de vacunación completo al menos 14 días antes del viaje y presentar un PCR negativo de 72 horas previas. Sin esquema de vacunación completo, podrán ingresar con la realización del aislamiento obligatorio y de un PCR al séptimo día de ingreso.
Los extranjeros no residentes deberán contar con los mismos requisitos, sumado a un seguro de salud Covid-19 (cobertura de servicio de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios). Quienes cumplan todos estos requisitos podrán ingresar al país y estarán eximidos de realizar aislamiento.
Prueba de Covid-19 entre el 3º y 5º día del arribo
Los argentinos y extranjeros mayores de 6 años que lleguen por vía aérea, fluvial y marítima, deberán realizarse una prueba de Covid-19 entre el tercer y quinto día de su llegada al país.
En ese lapso, no podrán concurrir a eventos masivos ni a reuniones sociales hasta testearse.
CHILE
Pueden ingresar a Chile los ciudadanos chilenos y los extranjeros con residencia regular en el país.
Los Pasos Fronterizos habilitados para el ingreso a Chile son:
Aéreos:
Aeropuerto Arturo Merino Benítez
Aeropuerto Iquique
Aeropuerto Antofagasta
Aeropuerto Punta Arenas
Terrestres:
Paso Futaleufú, región de Los Lagos
Paso Huemules, región de Aysén
Paso Jeinimeni, región de Aysén
Paso Monte Aymond, región de Magallanes y la Antártica Chilena
Paso Chacalluta, región de Arica y Parinacota, desde el 4 de enero de 2022
Paso Aguas Negras, región de Coquimbo, desde el 4 de enero de 2022
Paso Los Libertadores, región de Valparaíso, desde 4 de enero de 2022
Paso Pino Hachado, región de La Araucanía, desde 4 de enero de 2022
Paso Cardenal Samoré, región de Los Lagos, desde el 4 de enero de 2022
Paso Dorotea, región de Magallanes y la Antártica Chilena, desde 4 de enero de 2022
Requisitos para ingresar a Chile (previos a viajar)
El viajero debe presentar resultado negativo de test PCR, cuya toma de muestra no puede tener una antigüedad mayor a 72 horas. Estas se cuentan hasta la hora de salida del vuelo con destino final a Chile.
Si una persona presenta un resultado positivo persistente por haber estado contagiado del virus el último mes, podrá adjuntar dos resultados de PCR positivos, donde la toma de muestra de uno deberá haber sido realizada hasta 72 horas antes del embarque y el otro deberá haberse realizado con más de 14 días de diferencia con la fecha de embarque, pero con menos de un mes desde el mismo. Los menores de dos años quedan exceptuados de este requisito.
Deberá completar una declaración jurada para viajeros provenientes del exterior. Cualquier viajero de toda edad, debe completar el formulario «Declaración Jurada de Viajeros» de forma electrónica y hasta 48 horas antes del embarque (en caso de venir vía aérea) o del ingreso al país (en caso de venir vía terrestre). En este formulario deberá adjuntar el resultado del PCR mencionado en el punto anterior.
Estos dos documentos serán requeridos por el operador del medio de transporte al abordarlo, y por la autoridad sanitaria al ingresar al país.
Medidas Sanitarias al ingresar a Chile
Quienes hayan estado en los últimos 14 días en al menos en uno de los países de África que figuran en el listado (ver más abajo) deberán realizarse un PCR en el punto de entrada y además deberán cumplir con una cuarentena de 7 días, independiente de su estado de vacunación y aunque el resultado de la PCR sea negativo:
Listado de Países de África:
Sudáfrica
Zimbabwe
Namibia
Botsuana
Lesoto
Eswatini
Mozambique
Quienes tienen esquema de vacunación completo validado por el Ministerio de Salud, al ingreso al país se les realizará un examen para detección de coronavirus (PCR) y se les inhabilitará el pase de movilidad. Deberán cumplir cuarentena en un domicilio reportado en la Declaración Jurada, hasta que reciban el resultado negativo del examen.
Para llegar a este lugar, se permite realizar conexiones de vuelos nacionales, aunque todavía no hayan recibido el resultado negativo del examen para detección de coronavirus realizado al ingreso. Una vez que el Ministerio de Salud reciba por parte del laboratorio el resultado negativo del examen, se procederá a habilitar el pase de movilidad.
Los menores de 6 años que no hayan podido acceder a la vacunación para coronavirus y viajan con padre, madre o tutor legal con esquema de vacunación completo validado por el Ministerio de Salud; a los niños entre 2 y 6 años que hacen ingreso al país con su padre, madre o tutor legal que si cuentan con un esquema de vacunación completo validado al ingreso al país, se les realizará un examen para detección de coronavirus (PCR).
Hasta que reciba el resultado negativo de este examen, deberán cumplir cuarentena en un domicilio reportado en la Declaración Jurada. Para llegar a este lugar, se permite realizar conexiones de vuelos nacionales, aunque todavía no hayan recibido el resultado negativo del examen para detección de coronavirus realizado al ingreso.
Los menores de dos años que hacen ingreso al país con su padre, madre o tutor legal que si cuentan con un esquema de vacunación completo validado, podrán hacer ingreso al país sin necesidad de realizarse un examen para detección de coronavirus al ingreso al país ni de realizar cuarentena.
Quienes no están vacunados o no tienen un esquema de vacunación completo validado por el Ministerio de Salud, en el punto de ingreso al país se les realizará un examen para detección de coronavirus (PCR o antígeno). Además, deberán realizar 168 horas (7 días) de cuarentena, contadas desde el control sanitario en el punto de ingreso al país. Un resultado negativo del examen para detección de coronavirus realizado en el punto de ingreso al país, NO permite terminar el periodo de cuarentena.
La cuarentena puede ser un domicilio declarado o en la habitación de un hotel. Todos los cohabitantes que se encuentren en el domicilio declarado para realizar la cuarentena, también deberán realizar la misma cuarentena, es decir no puede entrar ni salir nadie del domicilio durante ese periodo, incluso aunque se trate de personas vacunadas. La información del lugar de cuarentena, y el detalle de los cohabitantes deberá ser ingresada en la Declaración Jurada del Viajero previo al ingreso al país.
Deberán llegar al domicilio declarado en transporte privado y de forma directa desde el ingreso al país sin posibilidad de pernoctar ni de interactuar con otras personas. No se podrán utilizar medios de transporte públicos colectivos incluido tren, buses y aviones. Se permite el traslado en transporte público menor (taxis) o el uso de las compañías de transfer privados que trabajan en los aeropuertos, para trayectos inferiores a dos horas bajo estricto protocolo sanitario. En este caso, solo se puede compartir vehículo con el mismo grupo con el que se viajó. En caso de que el lugar de cuarentena quede a más de dos horas del punto de ingreso al país, el conductor del medio de transporte deberá aislarse por los mismos días.
Durante la cuarentena, el viajero y sus cohabitantes NO pueden: abandonar el domicilio o la habitación del hotel, recibir visitas, salir a pasear mascotas, salir a trabajar, asistir a establecimientos educacionales ni usar el transporte público.
Seguimiento del viajero
Durante los 10 días siguientes al ingreso, todo viajero deberá completar un formulario de auto reporte de síntomas, que se recibirá en el e-mail declarado en la Declaración Jurada. En este formulario deberá completar una encuesta de estado de salud y ubicación.
Aquella persona que presente síntomas de coronavirus, deberá permanecer en aislamiento, reportar sus síntomas en el formulario que recibirá en su correo electrónico y esperar el contacto de la autoridad sanitaria. En el caso que los síntomas sean fiebre mayor a 37,8°C, pérdida brusca de olfato o pérdida brusca del gusto, el viajero deberá acudir a un centro asistencial a la brevedad con tapabocas y NO utilizar el transporte público, dando cumplimiento con todas las medidas sanitarias que sean pertinentes. Ante dudas llame a Salud Responde al teléfono 600 360 7777.
Testeo
El viajero podrá ser sometido a uno o varios test diagnósticos para COVID-19, ya sea en el mismo punto de entrada al país o en cualquiera de los 10 días siguientes. Los test de diagnóstico pueden ser PCR y/o test de antígeno. También podrán ser sometidos a estudios de genotipificación.
Fiscalización
Los viajeros que realicen cuarentena serán fiscalizados presencialmente en el lugar declarado para el cumplimiento de ésta, en cualquier día y hora mientras dura el aislamiento. El fiscalizador verificará que en el domicilio se encuentren todos los cohabitantes informados en la Declaración Jurada del viajero (C19) y que en el domicilio no haya otras personas no declaradas.
En caso de hotel, el fiscalizador verificará que la persona se encuentre en la habitación. En caso de incumplir con cualquiera de las medidas anteriores, el viajero será sancionado según lo dispuesto en el Libro X del Código Sanitario, en el Código Penal y en la ley Nº 20.393, según corresponda.
El monto de la multa aplicada del sumario sanitario por infracciones a la normativa vigente, puede llegar hasta 1000 UTM ($50.000.000.). Además del sumario sanitario se bloqueará el pase de movilidad a todo viajero o cohabitante que no cumpla con las medidas sanitarias vigentes.
Aislamiento para casos positivos
Los viajeros que resulten positivos en alguno de los test realizados en el periodo de seguimiento de viajeros de 10 días, y sus contactos estrechos, deberán realizar el aislamiento obligatoriamente en el lugar y por el periodo de tiempo que la Autoridad Sanitaria determine. Incluye menores de edad.
Para obtener el Pase de Movilidad, toda vacuna recibida en el extranjero debe ser validada por el Ministerio de Salud, en la plataforma dispuesta para este proceso.
¿Quiénes no pueden entrar a Chile?
Se prohíbe el ingreso de extranjeros no residentes que hayan estado los últimos 14 días en al menos uno de los siguientes países de África, independiente de su estado de vacunación:
Sudáfrica
Zimbabwe
Namibia
Botsuana
Lesoto
Eswatini
Mozambique
Se prohíbe el ingreso de cualquier extranjero sin residencia regular mayor de 6 años no vacunado o que no tenga su vacunación validada previamente por el Ministerio de Salud de Chile, y que no cumpla con ninguna de las excepciones contenidas en el Decreto 295 del Ministerio del Interior.
PARAGUAY
La Dirección General de Migraciones de Paraguay, informa acerca de las nuevas exigencias sanitarias de ingreso al país, establecidas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS), en el ámbito de la pandemia de Covid-19, para ciudadanos paraguayos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes/turistas y para los viajeros procedentes de Sudáfrica, Botsuana, Lesoto, Eswatini, Zimbabue, Namibia, Malawi, Mozambique, Zambia y Angola, según la última actualización realizada por la cartera sanitaria, del 29/11/21.
Exigencias sanitarias para nacionales, extranjeros y residentes extranjeros para el ingreso al país:
- Completar la ficha declaración de salud del Viajero dentro de las 24 horas previas al ingreso al país;
- Todos los viajeros que ingresen al país deben presentar test (técnicas de detección de ARN: RT-PCR/ LAMP / NAAT) con resultado negativo, realizada en un tiempo no superior a 72 horas del embarque o un test de antígeno negativo, realizado en un tiempo no mayor a 24 horas del embarque.
- Todos los viajeros mayores de 12 años cumplidos deberán realizarse un test PCR en el día 5, a contabilizar desde el día de toma de muestra de la prueba RT-PCR o test de antígeno presentado al ingreso al país (día 1 se cumple a las 24 horas de la toma de la muestra), dicho test se realizará en un laboratorio público o privado autorizado por el Laboratorio Central de Salud Pública. Aquellos que ya tuvieron la enfermedad deben realizarse el test RT-PCR en el día 5 a contar desde el ingreso al país. Quedan exceptuadas de realizar el test RT-PCR a todos los viajeros procedentes de los Estados Partes del Mercosur y Estados asociados (Chile, Ecuador, Colombia, Perú, Guyana y Surinam).
- Los viajeros que hayan padecido Covid-19 desde los 14 y hasta los 90 días previos al ingreso al país, deberán acreditar dicha situación mediante resultados de laboratorio (técnicas de detección de ARN: RT-PCR/LAMP / NAAT) o prueba de antígeno positivo, no será necesaria la presentación de nuevo test ARN: RT-PCR/LAMP / NAAT negativo al ingreso al país.
- En el caso del Tránsito vecinal y comercial terrestre de hasta 72 horas, los requerimientos para el ingreso al país son:
• Test de antígeno de Covid-19.
• Certificado o carnet de vacunación contra COVID-19.
Todos los viajeros mayores de 12 años cumplidos, deberán presentar test de antígeno negativo realizado en un tiempo no mayor a 24 horas del ingreso al país o el certificado vacunación con el esquema completo contra Covid-19. Deberán acreditar que fueron vacunados con un certificado o tarjeta de vacunación emitida por la autoridad sanitaria del país de procedencia. Son considerados completamente vacunados los viajeros que hayan cumplido 14 días de la última dosis de vacuna (para esquema de dos dosis)
- Como medida especial y transitoria, NO será permitido el ingreso de extranjeros no residentes en Paraguay, que hayan visitado en las últimas dos semanas: Sudáfrica, Botsuana, Lesoto, Eswatini, Zimbabue, Namibia, Malawi, Mozambique, Zambia y Angola.
El mantenimiento de esta medida estará sujeta a la disponibilidad de nuevas evidencias y la situación epidemiológica de Paraguay, en relación a la variante Ómicron.
Los nacionales o extranjeros residentes en Paraguay que hayan visitado Sudáfrica, Botsuana, Lesoto, Eswatini, Zimbabue, Namibia, Malawi, Mozambique, Zambia y Angola, en las últimas dos semanas antes del ingreso al país, deberán guardar aislamiento preventivo en su domicilio, hotel o lugar donde se fije residencia, durante los 10 días siguientes a su arribo.
Además deberán presentar una prueba de laboratorio al ingreso (técnicas de detección de ARN: RT-PCR/LAMP / NAAT) con resultado negativo realizado en un tiempo no superior a las 72 horas. Asimismo, se realizarán un nuevo test RT-PCR en el día 5, a contabilizar desde el día de toma de muestra de la prueba RT-PCR presentada al ingreso al país (el día 1 se cumple a las 24 horas de la toma de esa muestra), qué será enviado para secuenciación genómica al Laboratorio Central de Salud Pública.
A su vez, su condición de salud será monitoreada telefónicamente por un Equipo de Respuesta Rápida del sistema de vigilancia del MSPyBS, a nivel de regiones sanitarias y la Dirección General de Vigilancia de Salud (DGVS).
Situaciones Especiales
- Estarán comprendidos dentro de situaciones especiales aquellos extranjeros inversionistas, técnicos especializados, causas humanitarias como misiones diplomáticas y otros casos especiales procedentes de Sudáfrica, Botsuana, Lesoto, Eswatini, Zimbabue, Namibia, Malawi, Mozambique, Zambia y Angola que requieren ingresar al país por un tiempo menor a 5 días.
Procedimiento de autorización en situaciones especiales:
El interesado deberá solicitar autorización para la realización del ingreso al país en lo posible con 72 horas de antelación al Centro de Coordinación Institucional (CCI), a través del correo electrónico codenapy2@outlook.com o el celular 0981 813 573. El ingreso será autorizado por el Centro de Coordinación Interinstitucional (CCI), en coordinación con la Dirección de Vigilancia y Control de Fronteras.
En caso de qué la permanencia se extienda por un tiempo mayor, deberá ser autorizado por el CCI, con una comunicación previa de 72 horas a la dirección de correo proveída o al número de WhatsApp indicado.
El interesado en ingresar al país deberá proporcionar un cronograma de actividades y los requisitos establecidos en el punto 7.
Las organizaciones, empresas, instituciones públicas y privadas o las personas en forma independiente que sean beneficiarias de ésta modalidad, serán responsables del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Protocolo.
Requisitos en situaciones especiales
Para ingresar al país todos los beneficiarios deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Requisitos antes de la llegada del país:
Las empresas o personas que tenga la intención de ingresar al país por las razones previamente enunciada como deberán presentar la solicitud al Centro de Coordinación Interinstitucional que incluya:
- Datos personales
- Motivos de viaje
- Tiempo de estadía en el país (fecha de retorno al país de origen)
- Reserva del hotel
- Dirección de residencia durante la estadía en el país
- Número de teléfono de un contacto responsable (entidad contratante)
- Tipo de transporte en los traslados en el territorio paraguayo
- Informe sobre la presencia de alguna enfermedad de base
- Certificado de cobertura de seguro médico internacional
- Indicación del nombre de la empresa o institución beneficiaria en caso de una asistencia especializada.
- Cronograma tentativo de actividades y lugares en los que se desarrollaron las actividades que motivan el viaje.
- Certificado de vacunación contra Covid-19 con esquema completo, emitido por la autoridad sanitaria del país de procedencia. Son considerados completamente vacunados lo que hayan cumplido 14 días de la aplicación de la última dosis del esquema completo.
- Completar la ficha declaración de salud del Viajero previo al ingreso al país.
Llegada al país (ver punto 7)
• Al arribar al país, se deberá acreditar un resultado negativo de test de detección de virus SARS CoV-2 por técnica PCR-RC, no mayor a 72 horas previas al ingreso al país, en un laboratorio acreditado y habilitado en el país de origen o tránsito. Se entregará este documento al funcionario del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social apostado en el aeropuerto.
• Además, se deberá presentar un Código QR que acredite que completó la ficha con la declaración del Viajero.
• Todas las personas que contrajeron la enfermedad Covid-19 desde los 14 a 90 días previos al ingreso al país deberán presentar un test (técnicas de detección de ARN: RT-PCR/LAMP / NAAT) con resultado negativo.
Durante su estadía en el país
• Se deberá mantener un registro diario con las personas con quienes mantuvo contacto en la jornada laboral.
• La persona deberá realizarse una autoevaluación diaria sobre los principales signos y síntomas observados: temperatura igual o mayor a 37.5° centígrados, tos seca, congestión nasal, dolor de garganta, dificultad para respirar, cefalea, fatiga, pérdida del sentido del olfato o del gusto, falta de apetito náuseas, vómito y diarrea. Ante la presencia de alguno de estos síntomas, el viajero deberá permanecer en su lugar de hospedaje o en la habitación de hotel y notificar al programa de salud ocupacional de su empresa y al Ministerio de Salud.
• En caso de presentar algún signo o síntoma comunicarse con el teléfono 154, e informar en qué condición se ingresó al país.
Para todos los casos
Responsabilidad de los Laboratorios Nacionales
Los laboratorios públicos y privados deberán enviar las muestras de los casos que resultaron positivos en el día 5, al Laboratorio Central de Salud Pública según los procedimientos de la vigilancia genómica.
Control de los requisitos sanitarios al ingresar al país
Estará a cargo del personal de control sanitario del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y del personal de la Dirección General de Migraciones, quiénes exigirán el cumplimiento de las exigencias sanitarias detalladas.
Responsabilidad de las compañías aéreas y empresas de transporte terrestre internacional de pasajeros
a. Brindar toda la información necesaria al pasajero, sobre los requisitos exigidos por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social del Paraguay.
b. Las compañías aéreas y las empresas de transporte terrestre, al momento del check-in del embarque deberán exigir a los viajeros el código QR de la ficha declaración de salud del Viajero y las demás exigencias sanitarias mencionadas. El incumplimiento es motivo de negación del embarque.
c. El pasajero deberá informar y declarar el primer puerto de embarque dónde inició su viaje a las empresas de transporte aéreas, a las autoridades migratorias y sanitarias.
d. Las compañías aéreas o empresas de transporte terrestre son responsables de negar el embarque al pasajero que no cumpla con las exigencias del ingreso al país. La inobservancia de este requisito será pasible de sanciones administrativas contempladas en la Ley 836/1980 del código sanitario y otras consecuencias establecidas en la Ley.
La inobservancia de los requisitos establecidos en este protocolo por parte de los viajeros será pasible de sanciones contempladas en la Ley 836/1986 del Código Sanitario y otras consecuencias establecidas en la Ley.
ESTADOS UNIDOS
Debido a la nueva variante del coronavirus, Estados Unidos elaboró requisitos más estrictos para aquellos viajeros que deseen ingresar a dicho país.
Estados Unidos abrió sus fronteras en noviembre tras 20 meses de restricciones en viajes, para aquellas personas con esquema de vacunación completa contra Covid-19.
Sin embargo, la nueva variante del Covid-19, Ómicron, cambió los planes del país norteamericano. Por ello, todos los viajeros que ingresen a Estados Unidos, deberán presentar una prueba de detección negativa del Covid-19, realizada como máximo 24 horas antes de viajar.
Para aquellas personas que se hayan recuperado del coronavirus en los últimos 90 días, no es necesario presentar el test, pero si documentación que acredite que no se encuentra enfermo, según lo informado por el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades de ese país.
Además, se prohibieron los viajes provenientes de Sudáfrica, Botsuana, Zimbabue, Namibia, Lesoto, Esuatini, Mozambique y Malaui, a excepción de ciudadanos de Estados Unidos o residentes legales permanentes.