La investigación comenzó a raíz de una detención realizada en el marco de un control de rutina por parte de efectivos de la Brigada Antidrogas.
Dos hombres en una moto sin matrícula y sin casco pasaron por delante de un equipo que se encontraba apostado en el empalme de ruta 26 y ruta 7, por lo que se los detuvo para registrarlos.
Entre sus pertenencias encontraron varios envoltorios con sustancia blanca en polvo, la que tras ser analizada resultó ser cocaína, lo que derivó en una investigación para determinar el origen de la droga.
Luego de varios meses de investigación y vigilancias, los efectivos lograron establecer desde dónde provenía la droga y quién la comercializaba.
Con las pruebas obtenidas concurrieron ante la Justicia para solicitar órdenes de allanamiento para domicilios identificados tanto en Cerro Largo como en Montevideo. Los realizados en Montevideo fueron hechos por personal de la Dirección General de Represión al Tráfico Ilícito de Drogas y los de Cerro Largo por personal de la Brigada Departamental.
En éstos se detuvo a cinco personas mayores de edad, dos resultaron ser funcionarios policiales (un agente y un bombero) y se incautaron:
- Envoltorios de cocaína.
- Cogollos de marihuana y marihuana prensada.
- 63.150 pesos uruguayos.
- 1.000 dólares.
- Un revólver calibre 22.
- Aparatos electrónicos (computadoras, notebooks, cámaras de video, entre otros).
- Celulares.
Los cinco detenidos fueron puestos a disposición de la Justicia donde se dispuso:
- Para R.M.M.G. de 30 años la condena como autor penalmente responsable de un delito continuado de negociación de sustancias estupefacientes a la pena de 2 años y 5 meses de prisión efectiva.
- Para J.I.M.C. de 32 años la condena como autor penalmente responsable de un delito continuado de suministro de sustancias estupefacientes, a título oneroso a la pena de 2 años y 4 meses de penitenciaria efectiva.
- Para M.F.T.M. de 23 años la condena como autor penalmente responsable de un delito de asistencia a los agentes de la actividad delictiva en régimen de reiteración real a la pena de 13 meses de prisión en régimen de libertad a prueba.
- Para V.S.dlS. de 23 años la condena como autora penalmente responsable de un delito de asistencia a los agentes de la actividad delictiva, de acuerdo con lo previsto en Arts.1ro, 3°, 18, 60 del C.P y Art. 33 de la Ley 19.574, a la pena de 12 meses de prisión, la que se cumplirá en régimen de libertad a prueba.
- Para J.A.B.B. de 32 años condenado como autora penalmente responsable de un delito de asistencia a los agentes de la actividad delictiva, de acuerdo con lo previsto en Arts.1ro, 3°, 18, 60 del C.P y Art. 33 de la Ley 19.574, a la pena de 12 meses de prisión, la que se cumplirá en régimen de libertad a prueba.