La Secretaría Nacional de Deportes señala que, en el caso de los deportes en espacios cerrados, ya sea realizado en forma individual o colectiva, deberán tener un aforo máximo de un 30% de su capacidad.
Las personas no podrán permanecer más de una hora en el lugar. No se podrán utilizar vestuarios o similares.
Los propietarios de gimnasios deberán proporcionar datos que los identifiquen, previo a la apertura, al sitio web www.gub.uy/snd
En el caso de las piscinas, podrán utilizarse exclusivamente para rehabilitación o uso terapéutico, cumpliendo los protocolos mencionados anteriormente.
En esta situación podrán utilizarse los vestuarios, pero con un aforo del 30% con 15 minutos de permanencia.
Por otra parte, volverán los entrenamientos y prácticas de deporte amateur, al aire libre, individual o colectiva, sin vestuarios y no se incluyen competencias oficiales.