La Dra. Alejandra Scasso, se manifestó a favor de las modificaciones planteadas por el Poder Ejecutivo a la Ley de Violencia Basada en Género.
El proyecto de ley contiene cuatro artículos que, de ser votados por el Parlamento, modificarían parcialmente la normativa vigente.
¿Cuáles son las modificaciones?
Artículo 3: «En caso de conflicto o duda sobre la aplicación de las disposiciones contenidas, prevalecerá la interpretación más favorable para las mujeres en situaciones de violencia de género».
En la nueva se mantiene lo principal de la redacción, pero se añade que pese a la interpretación «en ningún caso supondrá debilitar las garantías del debido proceso y las reglas de valoración de la prueba».
Según explicó la Dra. Scasso, el hombre podrá presentar prueba en contrario a la denunciante y el Poder Judicial deberá admitirlo.
Artículo 46: «En todos los casos se respetará el derecho y el interés superior de las niñas, niños y adolescentes a dar su opinión, la cual deberá analizarse aplicando las reglas de la sana crítica y que «no será válido utilizar argumentos técnicos para disminuir la credibilidad de sus testimonios».
En la nueva redacción, si bien se mantiene el interés superior de los niños, se marca que pueden utilizarse argumentos técnicos para rebatir los testimonios.
Artículo 80: La Ley de Género establece que la víctima puede reclamar una “reparación patrimonial”, la que es equivalente a 12 sueldos.
La nueva redacción del proyecto marca que la víctima podrá reclamar una reparación por «la vía procesar correspondiente» por los daños y perjuicios y no marca montos.
Por último, otra de las modificaciones tiene que ver con la norma actual que señala que en los casos en que se entienda que existe cierta verosimilitud, no caerá el peso del Código Penal para quien haya realizado una denuncia en el marco de la Ley de Género.
El cambio es que, si la denuncia se realiza por un delito que no se ha cometido, la Justicia podrá aplicarle al denunciante el delito de calumnia o simulación de delito que va desde tres meses hasta tres años de penitenciaria.
La Dra. Scasso, en diálogo con Portada, aseguró que de ser aprobadas estas modificaciones en el Parlamento, darán garantías a toda la ciudadanía y respetará el artículo 8 de la Constitución de la República.
Además, explicó que se evitarán algunos problemas que vienen siendo discutidos hace mucho tiempo por distintos colectivos de abogados uruguayos.