El decreto busca establecer condiciones de igualdad entre los servicios prestados por operadores turísticos locales y las plataformas digitales. En ese sentido, se definió que las inmobiliarias dejen de ser agentes de retención para contratos de arrendamiento temporario de inmuebles con fines turísticos cuyo plazo, comprendido entre el 1º de enero y el 9 de abril de 2023, no supere los 31 días.
El anuncio lo realizó el ministro de Turismo, Tabaré Viera. Los alquileres de viviendas y de uso turístico están gravados con el impuesto a las rentas de las personas físicas (IRPF), explicó. Agregó que los agentes inmobiliarios estaban definidos como agentes de retención y, al hacer publicidad, «sentían que estaban promoviendo un producto de mayor precio y que eso afectaba su comercialización y su competencia».
Manifestó que el decreto firmado el pasado lunes 23 de enero exonera de la retención del IRPF a los alquileres temporarios en inmobiliarias: «Es algo que el sector estaba reclamando y ahora ha sido contemplado», manifestó.
Asimismo, anunció que en breve se elevará un proyecto al Poder Legislativo, para su consideración, referente a la definición y reglamentación de las viviendas de uso turístico comercial ya que «en la actualidad, a través de las plataformas, un sistema informal compite deslealmente con quienes pagan impuestos», indicó.