Con el inicio de la temporada estival y el consecuente aumento en el flujo de turistas, la Dirección General de Asuntos Vehiculares (DAV) del Congreso de Intendentes recuerda los requisitos obligatorios para vehículos y conductores extranjeros que circulen en territorio uruguayo.
Entre las principales disposiciones, se establece que los turistas deberán contar con documentación válida, tanto en formato físico como digital. Esto incluye identificación personal, licencia de conducir y comprobantes de seguro. Además, será necesario presentar acreditación de propiedad o posesión del vehículo mediante matrícula y número de identificación del vehículo (VIN), el cual debe ser único y verificable, independientemente de la categoría, marca o antigüedad del automotor.
El Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (Sucive) facilitará a las autoridades el acceso a información sobre multas y contravenciones asociadas a vehículos extranjeros. Los conductores tendrán la obligación de saldar cualquier deuda pendiente antes de abandonar el país. Para ello, se habilitaron herramientas digitales que permiten la consulta y pago de multas a través de la plataforma web y app del Sucive, con medios de pago internacionales disponibles.
Otro aspecto destacado es el reconocimiento de documentos digitales emitidos en los países de origen de los turistas. Las autoridades aceptarán copias digitales o impresas siempre que estén vigentes. Además, los inspectores podrán fotografiar o escanear estos documentos para agilizar los controles vehiculares.
El tránsito de vehículos extranjeros está regulado por las leyes 18.191, 19.061 y 19.824, así como por sus decretos reglamentarios. Estas normativas establecen un régimen punitivo con multas unificadas a nivel nacional, buscando garantizar la seguridad vial y el cumplimiento de las normativas locales.

































































