Un hombre de 32 años fue condenado por la Justicia luego de protagonizar un episodio de violencia doméstica ocurrido en la madrugada del 4 de marzo en el balneario Buenos Aires.
Según informó la Policía, el Servicio de Emergencias 911 recibió un llamado alertando sobre un hecho de violencia doméstica. Al lugar concurrió personal policial, que entrevistó a una mujer quien manifestó haber sido agredida físicamente por su expareja delante de sus hijos menores.
La víctima presentaba lesiones en el rostro y denunció además que el hombre había provocado destrozos dentro de la vivienda, dañando vidrios y ventanas.
La mujer fue trasladada para recibir asistencia médica y posteriormente derivada a la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y de Género de San Carlos para radicar la denuncia correspondiente.
En paralelo, efectivos policiales realizaron recorridas en procura del agresor. El hombre fue localizado poco después por personal del Programa de Alta Dedicación Operativa (PADO) de la Zona Operacional IV en calles 23 y 53 del balneario Buenos Aires, siendo trasladado a la dependencia policial. Las autoridades constataron además que el individuo ya había sido notificado previamente de medidas cautelares de restricción hacia la víctima.
Enterado el Juzgado Letrado Especializado de Tercer Turno de San Carlos, se dispusieron diversas diligencias, entre ellas, dar intervención a la Fiscalía por el delito de desacato y el ingreso del agresor al Sistema de Monitoreo Electrónico.
Tras la actuación de la Fiscalía Especializada en Violencia Doméstica y de Género de San Carlos, el detenido fue conducido a sede fiscal y posteriormente a audiencia judicial. Finalizada la instancia, el Juzgado Letrado de San Carlos de Tercer Turno Especializado en Violencia Basada en Género, Violencia Doméstica y Sexual dispuso su condena como autor penalmente responsable de un delito de violencia doméstica agravada en reiteración real con un delito de desacato agravado, ambos en grado de consumación.
La pena establecida fue de nueve meses de prisión, los cuales se cumplirán bajo un régimen de libertad a prueba. Entre las condiciones impuestas se dispuso arresto domiciliario durante los primeros seis meses en el horario de 23:00 a 05:00, residencia en un lugar determinado, sujeción a orientación y vigilancia permanente, presentarse una vez por semana en la seccional policial correspondiente a su domicilio y realizar servicios comunitarios durante tres meses.
Además, se le prohibió acercarse o comunicarse con la víctima en un radio de 500 metros, medida que será controlada mediante dispositivo de monitoreo electrónico, previo consentimiento de la mujer.
La Justicia también resolvió que el condenado deberá realizar una reparación patrimonial a la víctima equivalente a 12 ingresos mensuales del agresor o, en su defecto, 12 salarios mínimos, sin perjuicio de que la mujer pueda iniciar otras acciones para obtener la reparación integral del daño, conforme a lo establecido en el artículo 80 de la Ley 19.580.
























































