La aeronave que se le incautó al exsindicalista argentino estuvo tres años a la intemperie en el Aeropuerto de Carrasco y la empresa propietaria reclama que el Estado uruguayo lo indemnice por más de US$ 11 millones en pérdidas y averías, informó El Observador.
El jet transatlántico Gulfstream IV de origen estadounidense despegó el 3 de diciembre de 2021 a su país de origen para ser sometido a reparaciones. Ningún piloto uruguayo se había animado a tomar los mandos en esas condiciones y la empresa propietaria del avión tuvo que convocar a una tripulación de veteranos de guerra norteamericanos para sacarlo del país.
La situación fue uno de los derivados del judicial que comenzó en enero de 2018, cuando la Fiscalía allanó El Gran Chaparral, en Playa Grande (Maldonado) y detuvo a Marcelo Balcedo y a su esposa Paola Fiege.
El observador recordó que, en medio del operativo, la justicia incautó la aeronave asumiendo que era propiedad del exsindicalista. Sin embargo, el bien pertenecía a una compañía privada que la venía reclamando.
Un jet privado de la categoría del Gulfstream IV —cuyo valor de fábrica ronda los US$ 33 millones y cuya versión usada ronda los US$ 10 millones— requiere estrictos protocolos de conservación. Al permanecer inmovilizado y sin mantenimiento técnico desde 2018 hasta fines de 2020, su certificado de aeronavegabilidad caducó.
La demanda presentada por el abogado y piloto Hermann Leis, de la empresa propietaria, había logrado un fallo parcialmente favorable en primera instancia, pero que fue revertido en segunda instancia y ahora recurrió a la Suprema Corte de Justicia para que laude. El reclamo supera los 11 millones de dólares.
El abogado dijo a El Observador que espera que la Corte valore los hechos a la vista porque “rompe los ojos” que el avión fue “mal confiscado” y luego estuvo tres años “a la intemperie con la puerta abierta”.
En primera instancia, el juez en lo Contencioso Administrativo Gabriel Ohanian había condenado a Presidencia de la República, a la Junta Nacional de Drogas y al Fondo de Bienes Decomisados a indemnizar a la empresa Matrix por concepto de albergue aeroportuario y por el daño emergente derivado de la falta de conservación.
Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 5° Turno revocó dicho fallo y desligó de responsabilidad al Estado. Las ministras Gabriela Rodríguez Marichal, Cecilia Schroeder Rius y Analía García Obregón argumentaron que no existía prueba contundente que demostrara que los deterioros se debieran al tiempo de incautación y no al desgaste previo. Entre 2012 y 2017, Balcedo y Fiege habían realizado 494 viajes en las aeronaves a su disposición.
Ante ese fallo, la empresa recurrió a la Suprema Corte de Justicia, que deberá determinar si el Estado incurrió en responsabilidad por la falta de custodia y mantenimiento de un bien de un tercero durante las medidas cautelares dispuestas en el marco del proceso por lavado de activos.










































