El Tribunal de Apelaciones Penal de Tercer Turno confirmó por unanimidad la formalización del director de Pranabest S.A., empresa que opera bajo el nombre de Valentino Uruguay, por la presunta comisión de un delito continuado de estafa en reiteración real con un delito previsto en la Ley de Marcas.
La resolución, adoptada por los ministros Julio Olivera, José Gómez y Gabriel Ohanian, ratifica la decisión que había tomado en febrero el juez de Crimen Organizado Fernando Islas, a solicitud de la fiscal de Delitos Económicos y Complejos, Sandra Fleitas.
Según publicó El País, el Tribunal sostuvo en su fallo que la evidencia presentada por la Fiscalía resulta suficiente para continuar con la investigación penal. No obstante, aclaró que la formalización no implica una condena ni una declaración de culpabilidad, sino una evaluación preliminar que permite avanzar con el proceso judicial mientras se determina si existió o no responsabilidad penal.
La defensa del empresario había solicitado la revocación de la formalización al sostener que la actividad comercial se desarrollaba bajo registros marcarios otorgados por el Estado uruguayo. Además, rechazó la existencia de una estafa al argumentar que las diferencias de precio, calidad y canales de comercialización impedían que los consumidores confundieran los productos con los de la reconocida firma italiana.
Sin embargo, el Tribunal entendió que esos planteos corresponden a una etapa posterior del proceso y que, para revocar una formalización, debía demostrarse de forma evidente que la conducta investigada no constituía delito, extremo que no consideró acreditado.
La investigación de la Fiscalía sostiene que Pranabest S.A. importaba desde China productos que reproducían signos y diseños de las marcas Valentino S.p.A. y Adidas AG para luego comercializarlos en Uruguay como si fueran originales. Durante el procedimiento fueron incautadas más de 17.000 unidades y las pericias determinaron que los artículos analizados eran falsificados.
Además, la Fiscalía afirmó que, aunque la empresa tenía registrada en Uruguay la denominación “valentino” en minúsculas, utilizaba la inscripción “VALENTINO” en mayúsculas con una tipografía similar a la de la marca italiana, junto con diseños idénticos y otros elementos que, según la acusación, podían inducir a error a los consumidores.
La causa se inició el 18 de agosto de 2025, cuando la Dirección Nacional de Aduanas retuvo un contenedor importado por Pranabest S.A. Posteriormente, se realizaron allanamientos en los locales de la empresa y se incautó más mercadería.
Como medida cautelar, el empresario deberá mantener domicilio constituido, entregar su pasaporte y permanecer en el país salvo autorización judicial por un plazo de 180 días.
En paralelo al proceso penal, Pranabest S.A. anunció una demanda civil por US$ 9,6 millones contra Valentino S.p.A. y sus representantes en Uruguay. La empresa sostiene que la denuncia penal, la incautación de mercadería y las medidas adoptadas le ocasionaron importantes perjuicios económicos y reputacionales, además de afectar el funcionamiento de sus comercios y a más de 50 trabajadores.
Por su parte, Valentino S.p.A. rechazó el reclamo y afirmó que cualquier daño sufrido por la empresa uruguaya fue consecuencia de su propio accionar, negando además haber utilizado la denuncia penal como una estrategia para obtener el control de las marcas registradas en Uruguay.












































